En las últimas tres décadas se han promulgado 23 leyes que modifican el Código Tributario.

Santo Domingo.-La recaudación fiscal es un tema ampliamente debatido y crucial para la economía de los países. A través de este proceso, los Gobiernos obtienen ingresos fundamentales que se destinan a inversiones sociales y equitativas en sus naciones.

En más de medio siglo, en República Dominicana se han realizado varios procesos de modificaciones tributarias. Las dos últimas fueron consecutivas: una en 2011, durante la gestión de Leonel Fernández, y otra en 2012, durante el primer período de Danilo Medina.

Para 1949, cuando se estableció el primer impuesto sobre la renta a través de la Ley 1927, y de la misma ley se creó un organismo que lo administraría, es decir, la Dirección General de Impuesto Sobre la Renta, el país buscaba mejorar sus recaudaciones. La estructuración de dicho impuesto marcó el inicio de los impuestos fiscales.

Desde entonces, varias medidas fueron llevadas a cabo para instaurar las instituciones encargadas de esa labor, pero fue con Ley 11-92 que se creó el Código Tributario Dominicano que establece el proceso legal y administrativo del sistema tributario que se aplica en el país relacionado con los impuestos internos.

En las siguientes tres décadas, se promulgaron 23 leyes, de las cuales siete impactan directamente el Código Tributario. Estas normativas abarcan reformas significativas y modificaciones específicas destinadas a fortalecer la capacidad recaudatoria del Estado, promover la sostenibilidad fiscal y facilitar amnistías fiscales en momentos clave para la economía nacional.

Las principales legislaciones se encuentran la Ley 182-09, que introdujo ajustes cruciales al Código Tributario, y la Ley 147-07, que implementó una reforma tributaria integral, según datos de Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Datos relevantes

La Ley 11-92 que aprueba el Código Tributario de la República Dominicana, básicamente, estableció el impuesto sobre la renta, al Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y a1 impuesto selectivo de consumo.

Define quiénes son contribuyentes del impuesto sobre la renta, incluyendo personas físicas y jurídicas que generen ingresos dentro del territorio dominicano. Establece las diferentes categorías de ingresos gravables, tales como salarios, ganancias de capital, intereses, entre otros. Además, especifica las deducciones permitidas, como gastos médicos, educativos y contribuciones a planes de pensiones.

La ley que regula el ITBIS, que es lo que se conoce en otros países como impuesto sobre el valor agregado (IVA) aplicado a la venta de bienes y servicios dentro del país, establece una tasa estándar del 18% sobre la mayoría de las transacciones, con ciertas exenciones para bienes esenciales como alimentos básicos y medicinas. A estos últimos se les considera “la base” tributaria.

Una explicación simple sería un comerciante que vende productos electrónicos. Debe agregar un 18% de ITBIS al precio de venta de cada producto y luego remitir ese impuesto al Gobierno según los periodos de declaración establecidos por la ley.

Por su parte, la ley también contempla el impuesto al consumo, que se aplica a bienes y servicios específicos como bebidas alcohólicas, tabaco, combustibles y vehículos de lujo. Define las tasas impositivas aplicables a cada categoría de bien o servicio sujeto a este impuesto.

Menos de una década después, en el 2000, se promulgó la reforma tributaria 147-00, que tuvo como objetivo aumentar los ingresos fiscales del Gobierno dominicano mediante la modificación del Código Tributario de 1992.

Las principales medidas incluyeron elevar el nivel de salario exento de impuestos, establecer un anticipo del 1.5% sobre los ingresos brutos de empresas para asegurar el pago de impuestos, y fijar una tasa única del 25% para el impuesto sobre la renta de personas jurídicas. La reforma también buscó reducir la evasión fiscal mediante una mayor fiscalización.

Un año después, la Ley 12-01, modificó la Ley 147-00 con el objetivo de optimizar el sistema tributario. Puntualmente, ajustó las tasas del ISR, ampliando la base tributaria para incluir más contribuyentes y aumentar la recaudación. Además, eliminó ciertas exenciones fiscales que beneficiaban a sectores específicos.

También simplificó los procedimientos de cumplimiento tributario, facilitando el proceso de declaración y pago de impuestos tanto para individuos como para empresas.

En 2004, la Ley 288-04 modificó varios puntos con el fin eficientizar el proceso de recaudación. Entre ellos se cita los impuestos a personas físicas, el pago de anticipo, la tasa 16%, así como un aumento a la tasa aplicable a los servicios de publicidad, que aumentó de un 6% a un 10%. Se modificó el impuesto al tabaco y bebidas alcohólicas.

Al siguiente año, con la reforma de la Ley 557-05, el Estado buscó compensar los ingresos que dejaría de percibir por el desmonte arancelario y la comisión cambiaria los cuales se estimaron en RD$27,000,000. La reforma se produce por la firma del Tratado Internacional DR-Cafta.

Para 2006 se publicó la rectificación de la reforma, seguido, en 2007, de la Ley 147-07. Se trató de una reforma tributaria, que modificó el Código Tributario. Ese mismo año, con la Ley 172- 07 se promulgó otra normativa que buscaba reducir la tasa del ISR, así como la Ley de Amnistía Fiscal.

Otras normativas también fueron dadas a conocer ese año, como el proyecto de Ley 225-07, que modifica la Ley de Rectificación Tributaria 495-06.

Finalmente, en 2011, con Ley 139-11 para aumentar los ingresos tributarios y destinar mayores recursos a la educación, se modificaron varios artículos del Código Tributario, de las leyes 351 y 29-06 sobre juegos de azar, así como de la Ley 8-90 sobre Fomento de Zonas Francas.

La reforma tributaria (Ley 253-12) aprobada a finales de 2012 estableció un aumento del ITBIS del 16% al 18%, así como la ampliación de la base a bienes como café, chocolate y aceites comestibles que hoy pagan 16%. Esta fue conocida como “paquetazo fiscal”.

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Por El Dinero