Santo Domingo. – La Junta Central Electoral (JCE), con miras a las elecciones municipales de 2024 y en cumplimiento con el calendario electoral, presentó el cronograma a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a la ciudadanía en general, que contiene los plazos legales del mes de noviembre de 2023.

DIADISPOSICIÓNPLAZOFUENTE
10Límite para depósito solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones.100 días antes de la fecha señalada para las próximas Elecciones Municipales.Art. 132, Ley 20-23, Régimen Electoral.
12Límite para audiencia sobre las solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones.48 horas siguientes.Art. 132, párrafo III, Ley 20-23, Régimen Electoral.
15Límite para decidir sobre las solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones.Dentro de las siguientes setenta y dos (72) horas.Art. 132, párrafo III, Ley 20-23, Régimen Electoral.
20Límite para el registro en la JCE de la lista con todos/as los/as ciudadanos/as seleccionados/as en las asambleas o convenciones.A más tardar 15 días laborables después de las asambleas o convenciones.Art. 52, Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
20Entrega base de datos del Registro Electoral a partidos políticos.30 días después del cierre.Art. 20, numeral 21, Ley 20-23, Régimen Electoral.
20Límite para la presentación de candidaturas municipales.90 días antes.Artículo 147 Ley 20-23, Régimen Electoral.
23Límite para la corrección de las listas de candidatos/as resultantes de asambleas o convenciones, que no cumplan con el 40% – 60% de hombres y mujeres; 10% de jóvenes.A más tardar 72 horas después de depositadas las listas.Art. 53, párrafo II, Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
25Comunicación a partidos políticos de la resolución sobre fusiones, alianzas y coaliciones.Dentro de los 10 días de haber sido dictada.Art. 132, párrafo VII, Ley 20-23, Régimen Electoral.
25Límite para el conocimiento y decisión de las propuestas de candidaturas.5 días que sigan a su presentación.Art. 150, Ley 20-23, Régimen Electoral.
26Límite para la publicación de candidatos(as) en tablilla. 24 horas siguientes.Art. 148, Ley 20-23, Régimen Electoral.
26Comunicación a partidos políticos en Juntas Electorales de la resolución sobre la decisión de candidaturas.Dentro de las 24 horas siguientes.Art. 150, párrafo I, Ley 20-23, Régimen Electoral.
28Comunicación y publicación a Juntas Electorales y partidos políticos de las candidaturas admitidas.48 horas de haberlas admitido.Art. 155, Ley 20-23, Régimen Electoral.

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