La contribución temporal de seguridad es del 3,25 % de las utilidades. Los bancos, cooperativas de ahorro y crédito, así como las micro y pequeñas empresas están excluidos del pago.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador publicó este miércoles en su cuenta de X un recordatorio para las sociedades residentes fiscales en el país de que el 31 de marzo vence el plazo para cumplir con la declaración y pago de la Contribución Temporal de Seguridad (CTS), establecida este año en la Ley Orgánica para enfrentar el conflicto armado interno, la crisis social y económica en la nación latinoamericana.
De acuerdo con el SRI, este nuevo impuesto del 3,25 % de las utilidades reportadas en el ejercicio fiscal 2022 deben pagar las sociedades definidas por una ley del régimen tributario como residentes fiscales y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras.
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Desde el organismo presisaron que los bancos, cooperativas de ahorro y crédito, así como las micro y pequeñas empresas están excluidos de la declaración y pago del CTS.
El pasado 9 de enero, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, emitió el Decreto Ejecutivo 111 en el que reconoció la existencia de un “conflicto armado interno” en el país, e identificó a varios grupos del crimen organizado transnacional como “organizaciones terroristas y actores no estatales beligerantes”.