Los imputados tienen un plazo de 30 días para asumir su responsabilidad y someterse a las sanciones del órgano de Justicia. De no hacerlo, podrían enfrentar penas de hasta 20 años de cárcel.
La Jurisdicción Especial de Paz (JEP) de Colombia, órgano creado para procesar los delitos cometidos en el marco del conflicto armado, imputó a ocho miembros del antiguo Secretariado de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) por “crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y otros crímenes”.
Los excomandantes del grupo guerrillero, que se acogió al Acuerdo de paz firmado en 2016, afectados por esta medida, son: Rodrigo Londoño Echeverry, Pablo Catatumbo Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos, Rodrigo Granda Escobar y Juan Ermilo Cabrera, quien falleció ayer.
El órgano de Justicia determinó que los exintegrantes del secretariado del grupo insurgente tienen un plazo de 30 días para realizar el “reconocimiento total, auténtico, contrastado” de lo que se les imputa.
Reacción del exsecretariado de las FARC
El partido de los Comunes, llamado hasta hace poco Fuerza Alternativa del Común (FARC), surgido tras el cese al fuego, publicó este jueves en su cuenta de Twitter un comunicado en nombre de las exautoridades del grupo insurgente imputadas.
En el texto aseveran que están estudiando la decisión con su equipo de defensa y que se pronunciarán cuando culminen su análisis y “definan su posición”.
Afirman que durante las comparecencias ante la JEP tuvieron “la oportunidad de aportar la verdad, contribuir a esclarecer hechos del secuestro y satisfacer demandas de las víctimas. Esa conducta nuestra no cambiará ya que nuestro compromiso es con la paz“.
¿Qué sanciones se contemplan?
Si los excombatientes reconocen su responsabilidad deberán enfrentar las “sanciones propias” establecidas por la JEP, que tienen una duración de entre cinco y ocho años, y que comprenden ‘trabajos, obras y actividades con contenido restaurador-reparador’ y restricciones de libertad de residencia y de movimiento.
De no hacerlo, se remitiría el caso a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP y se abriría un “juicio penal” que podría acarrear penas de hasta 20 años de cárcel.
¿Qué se determinó?
El presidente de la JEP, Eduardo Cifuentes Muñoz, aseguró que los hechos examinados bajo los parámetros del derecho internacional humanitario corresponden a “crímenes de guerra” con base en el principio de distinción de no atacar a la población civil.
“No se trata de conductas que expresan errores de los excombatientes; no son errores, son crímenes de guerra y de lesa humanidad”, afirmó.
Los guerrilleros argumentaron que los secuestros que realizaban eran para la financiación del grupo irregular, como resultado de disputas por el control territorial y como medida de presión para exigir el canje de presos combatientes por civiles. Sin embargo, la privación de libertad es considerada como un “crimen de guerra y de lesa humanidad”.
La Sala de Reconocimiento además decidió cambiar el nombre del Caso 001 (que inicialmente la Fiscalía llamó ‘Retenciones’) por el de ‘Toma de rehenes y graves privaciones de la libertad cometidas por las FARC’.
¿Qué daños sufrieron las víctimas?
La magistrada de la Sala de Responsabilidad, Julieta Lemaitre, expuso que las retenciones “victimizaron” a personas de todos los estratos, edades, géneros y condiciones. Además, para controlar a la población de las zonas donde se encontraba el grupo guerrillero, fueron sometidas a castigos e investigaciones exahustivas para determinar vínculos con grupos adversos.
La sala también imputó como crímenes de lesa humanidad el “ataque sistemático y generalizado” a la población civil y otros crímenes relacionados con el trato de los secuestrados, tales como:
- Homicidios, tortura, desaparición forzada, tratos crueles, atentados a la dignidad personal, desplazamiento forzado, violencia sexual, encadenamientos, amarres, marchas forzadas, agresiones físicas y psicológicas, hacinamiento, falta de atención de salud y de alimentos, intimidación constante.
“Estos hechos marcaron un antes y un después en la vida de las personas“, aseveró Lemaitre.
¿Cómo se llegó a esta decisión?
El presidente de la JEP explicó que este es el primer auto que se dicta como parte de un macroproceso y que en los próximos meses se determinarán las responsabilidades de mandos medios y ejecutores de las FARC.
“Con esta providencia se inicia la producción de actos judiciales de fondo por parte de esta jurisdicción”, expresó el abogado colombiano.
Para llegar a esta decisión se analizaron “delitos cometidos de manera masiva y hechos que agrupan miles de víctimas” y se contrastaron las versiones de 257 exguerrilleros y de 2.546 afectados que fueron acreditadas ante ese organismo.
La JEP consultó fuentes internas y externas, recibió versiones voluntarias, testimonios, investigaciones de la Fiscalía y de la Procuraduría y se revisaron miles de expedientes.
¿Qué busca esta imputación?
El titular de la JEP manifestó que así como los excombatientes entregaron las armas, también se comprometieron a “entregar la verdad”.
“No se trata de borrar la reprochabilidad de los graves delitos y crímenes cometidos: se trata de hacer reconocimiento de autoría y circunstancias que tienen consecuencias”, explicó.
El abogado aseguró que es la “primera vez en la historia” de Colombia que un grupo armado “hace la paz, entrega las armas, se somete a una jurisdicción y, a través de sus propias versiones, contribuye a la verdad”.
Otro punto importante es que sea reconocido el “sufrimiento” que se le causó a las víctimas y a sus familiares y que los exmiembros del secretariado de las FARC asuman la responsabilidad de mando que tienen, debido a que a pesar de que instruyeron dar buen trato y respetar la vida de los secuestrados, no le hicieron seguimiento a la orden.