El 26 de octubre de 1857 el gobierno de Santiago eligió los miembros de un Congreso Constituyente que debía reunirse en Moca bajo la presidencia de Benigno Filomeno de Rojas. Por Azua, en esta constituyente estuvieron presentes: el Presbítero y Diputado por Azua, Pedro R. Suazo, quien debió renunciar, por motivos de salud, y fue reemplazado por Manuel Ortiz. Los otros dos Diputados constituyentes de Azua, fueron Lucas Gibbes y F. Antonio Batista.

El 7 de diciembre se iniciaron los trabajos para la redacción de esa nueva Constitución, que al decir de muchos estudiosos del derecho constitucional fue una de las más liberales de las que se han constituido como contrato sustantivo para regir a los gobernantes y a los gobernados, en toda la historia republicana.

Esta Constitución de Moca estableció, entre otras cosas el sufragio universal y el sistema del voto directo. Producto del chauvinismo reinante y de las pugnas políticos-sociales entre Santo Domingo y Santiago, esta Constitución designó a Santiago de los Caballeros como Capital de la República, en lugar de Santo Domingo.

Dejó establecido el período presidencial de cuatro años, prohibiendo por primera vez, la reelección presidencial, asunto este que ha sido tan manoseado y festinado en la República Dominicana.

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