En Chile y Ecuador, por ley, se trabajará 40 horas a la semana.
La discusión entorno a la regulación del tiempo de trabajo, no es un tema nuevo. Desde principios del siglo XIX, de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se reconocía que una jornada laboral de demasiadas horas constituía un peligro para la salud de los trabajadores y sus familias.
Hoy, el debate está de vuelta, enfocado en establecer un lapso de cuatro días, la verdadera razón del interés en el tema en América Latina y el Caribe, se debe a que el Congreso de Chile aprobó el proyecto de ley que procura reducir los turnos de trabajo de 45 a 40 horas semanales.
La propuesta prevé una disminución gradual de la carga laboral en un plazo de cinco años sin reducción de la remuneración. De hecho, contempla la posibilidad de trabajar cuatro días por semana. Es así como el país andino reaviva el debate sobre la duración de la jornada laboral en el resto de Latinoamérica.
Menos horas de trabajo
El mercado laboral de cada país está caracterizado por dinámicas que lo hacen difícilmente comparable con el de otras economías. Está el marco legal, es decir, el posible límite de horas de trabajo semanales, elementos culturales, como la existencia o no de trabajos a tiempo parcial, diurna, nocturna o mixta.
Según los datos de la OIT, al margen de las horas estipuladas por la ley, las personas empleadas en Chile trabajan efectivamente unas 37 horas por semana, un promedio que sitúa a esa nación entre los más bajos de la región.
No obstante, con la nueva estipulación, a los tres años desde la promulgación de la ley, el límite será de 42 horas y al cabo de un lustro se llegará a las 40 horas, que es el tiempo de trabajo recomendado por la OIT.
Ecuador presenta igual panorama. De acuerdo con las leyes, se establece trabajar un máximo ocho horas diarias, y 40 horas semanales y siguen aumentando de según cada país. En Colombia, la jornada ordinaria de trabajo es de 42 horas a la semana, que podrán ser distribuidas, “de común acuerdo”, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana.
Originalmente, tenía unos de los horarios más extensos. Sin embargo, mediante la Ley 2101 de 2021 se ordenó la reducción progresiva de la jornada de trabajo semanal de 48 a 42 horas en los próximos años.
Detalla que transcurridos dos años a partir de la entrada en vigencia de la ley, se reduciría una hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales. Así sucesivamente hasta llegar a la nueva modalidad. La duración normal de la jornada de trabajo en Brasil, por otro lado, es de ocho horas por día o 44 horas semanales, al igual que en El Salvador, Honduras República Dominicana y Guatemala.
En el caso de Belice, cuenta con dos modalidades. Si bien detalla la misma carga de horas por día de acuerdo con la Ley de Tiendas, la Ley del Trabajo suma una más hasta alcanzar las nueve horas, seis días a la semana; o, 45 horas por semana.
En el caso de México, la Ley Federal del Trabajo como “jornada de trabajo” el tiempo durante el cual la persona trabajadora se encuentra a disposición del patrón para prestar su trabajo. La misma contempla hasta 48 horas semanales.
Igual panorama presenta Argentina, Bolivia, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay, Nicaragua, Haití y Costa Rica, con ocho horas diarias o 48 horas semanales, como máximo. En el caso de este ultimo, se permite que, trabajos que no sean peligrosos ni insalubres, pueden trabajar hasta de 10 horas diarias, pero no más de 48 horas semanales.
Datos de la OIT detallan que con respecto a la jornada laboral excesiva, en Latinoamérica destacan Bolivia, Honduras, El Salvador y Perú por tener más de tres de cada diez empleados trabajando 49 horas a la semana o más. En otros países como México y Colombia, la prevalencia de la jornada laboral excesiva alcanza el 27%, mientras que en Venezuela o Panamá es inferior al 10%.