Fernández W. Garantizó que esta iniciativa representa un paso más hacia la inclusión financiera

El superintendente de Bancos, Alejandro Fernández W., firmó este lunes la circular 029\2020, con la que incentiva a las entidades de intermediación financiera a la emisión de cuentas básicas de ahorro para el pago de nómina a personas con antecedentes penales o fichas en su historial crediticio, con el objetivo de promover su inclusión financiera en el sistema bancario dominicano.

“La ‘cuenta básica de ahorro’ procura convertirse en la primera, o en la segunda, oportunidad de acceder al sistema bancario de una forma ágil, justa y en cumplimiento a las leyes, específicamente a la Ley 155-17 de Prevención de Lavado”, informó el funcionario a través de un hilo colgado en su cuenta de Twitter.

Esta modalidad de servicio estará disponible para personas nacionales o extranjeras residentes legales que, al momento de completar una solicitud para su apertura, carezcan de una cuenta de ahorros y de crédito en el sistema financiero, permitiéndose el registro de una única cuenta de este tipo para cada persona.

“Con esta iniciativa, acercamos la banca a nuestra gente, porque es necesario y porque es su derecho”, afirmó el superintendente, quien anunció que la medida entrará en vigor a partir del 1 de diciembre, “pues antes de esa fecha las entidades y nosotros mismos en la ‘Súper’ debemos hacer algunas adecuaciones en nuestras plataformas tecnológicas y operativas”.

Al igual que con una tarjeta de débito tradicional, con una cuenta básica de ahorros, los clientes podrán realizar operaciones bancarias como el depósito y retiro de pesos dominicanos en las oficinas de la entidad y cajeros automáticos, pago de tarjetas de crédito y de préstamos, acceso al internet netbanking y realizar un mínimo de cuatro consultas de balance al mes en los cajeros sin costo.

Para realizar la solicitud, la institución bancaria requerirá al solicitante sus datos personales, domicilio, número de contacto y un documento de identidad válido.

En el caso de quienes presenten antecedentes penales se les pedirá, además, una copia certificada de la sentencia que decidió sobre el fondo del proceso y una certificación de no recurso.

“Las EIF (Entidades de Intermediación Financiera) podrán abrir las cuentas básicas de ahorros en los casos en los que el Certificado de No Antecedentes Penales registre incidencia de casos penales no resueltos y el ciudadano aún no cuente con una sentencia que decida sobre el fondo del proceso y no corresponda a un delito precedente o determinante señalado en el artículo 2, numeral 11, de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo”, reza la circular.

Las cuentas básicas destinadas al pago de nómina serán exclusivamente para el depósito del salario del trabajador, para lo cual el interesado deberá presentar una carta o certificación laboral que dé constancia de la relación de trabajo entre el solicitante y su empleador. La SIB resalta que, por su naturaleza, este producto se encuentra protegido de los embargos realizados por la mayoría de los acreedores, un aspecto que beneficia a quienes cuentan con manchas en su historial crediticio.

Fernández W. aclaró que los bancos contarán con la libertad de decidir si ofrecen este tipo de servicios a sus clientes, en respeto al marco legal vigente. Sin embargo, manifestó que la SIB reconocerá “a cualquiera de nuestros bancos, asociaciones de ahorros y préstamos y corporaciones de crédito que asuman el reto que aborda esta iniciativa”.

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Por El Dinero