La decisión, que conllevaría que no podrán salir de prisión hasta que no se les conceda un permiso penitenciario, aún no es definitiva.
Las Juntas de tratamiento de las cárceles catalanas han propuesto que los nueve líderes independentistas condenados por el ‘procés’ catalán sean clasificados en el segundo grado penitenciario.
La decisión de este órgano penitenciario ha sido adoptado tras un intenso debate y no ha habido unanimidad. Se discutía si catalogar a los sentenciados en segundo o tercer grado. El tercer grado es un régimen de semilibertad, en el que los internos pueden salir al exterior de día para, por ejemplo, trabajar, y vuelven a la prisión para pernoctar.
Por el contrario, el segundo grado, que finalmente ha sido recomendado, es el régimen común en el que los presos no pueden salir de la cárcel salvo en las contadas ocasiones en las que se les conceda un permiso penitenciario cuando cumplan las condiciones para ello.