Santo Domingo, RD.- El caso «Kiko La Quema» continúa causando inquietud y esta vez la periodista Julisa Céspedes reveló información sobre la detención de familiares, incluida la hija de tan solo 14 años, del presunto narcotraficante. Estas acciones, plantean interrogantes sobre la legalidad de las detenciones y el respeto a los derechos fundamentales, especialmente en el caso de menores de edad.

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Violación de derechos y código del menor

Según la información proporcionada por Céspedes, la detención de la hija de «Kiko La Quema» y otros menores de edad va en contra de los principios establecidos en el Código del Menor y el Código Procesal Penal. La situación plantea un cuestionamiento sobre el bienestar superior del niño, considerando que la menor de 14 años no debería encontrarse en un cuartel con policías.

Asimismo instó al presidente de la República a intervenir en el caso. «Creo que es momento de que el presidente, que está bien al tanto del caso, le pida a la Policía Nacional que respete los derechos de las personas que no tienen casos judiciales abiertos. Sobre todo respeten los derechos de los niños que no tienen la culpa de ser hijos del dueño de puntos de drogas«.

Durante el programa «Despierta con CDN» transmitido por el canal 37, mostraron imágenes de agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) trasladándose a su residencia.

Informaciones aseguran que «Kiko La Quema» ha estado operando durante al menos 30 años. Esto plantea interrogantes sobre las circunstancias que llevaron a su presencia en la esfera pública y a llamar la atención del presidente de la República.

Quien es Kiko La Quema

José Antonio Figuereo Bautista, alias Kiko La Quema, supuestamente es el líder de la peligrosa organización criminal dedicada al microtráfico de drogas de Cambita. En la actualidad el Kiko se encuentra prófugo de la justicia.

Cargos que le imputan

Los implicados en el caso acusados por el MP de violar los artículos 59, 61, 265, 266, del Código Penal Dominicano. Los artículos 66 y 67 de la Ley 631-2016, para el control y regulación de armas, municiones y materiales relacionados. Además de los artículos 60 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en perjuicio del Estado Dominicano y la sociedad de San Cristóbal.

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